Pensiones en España: los datos del debate

Edad de jubilación en España: cuándo se jubila la gente de verdad

Por Esmeralda Sánchez

Especialista en marketing y geopolítica

Publicado el 3 de noviembre de 2026

En este artículo
  1. Qué edad exige la ley en 2026
  2. A qué edad empiezan a cobrar las pensiones nuevas
  3. Quién se jubila antes y quién después
  4. Dos decretos sobre jubilación parcial y trabajo
  5. Lo que estas cifras miden y lo que no

Una cosa es la edad que fija la ley y otra la edad a la que la gente empieza a cobrar. Aquí están las dos, con las pensiones de jubilación que la Seguridad Social ha reconocido desde 2022.

Qué edad exige la ley en 2026

El artículo 205.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social pide haber cumplido 67 años, o 65 si se acreditan 38 años y seis meses de cotización. Ese es el punto de llegada. Mientras tanto se aplica la disposición transitoria séptima, que sube la edad poco a poco y la hace depender de los años cotizados:

Año Con esta cotización se puede a los 65 Con menos, la edad exigida es
2022 37 años y 6 meses o más 66 años y 2 meses
2023 37 años y 9 meses o más 66 años y 4 meses
2024 38 años o más 66 años y 6 meses
2025 38 años y 3 meses o más 66 años y 8 meses
2026 38 años y 3 meses o más 66 años y 10 meses
2027 en adelante 38 años y 6 meses o más 67 años

A qué edad empiezan a cobrar las pensiones nuevas

La Seguridad Social publica las altas iniciales de jubilación de cada año, con la edad que tenía la persona cuando la pensión empezó a pagarse. En 2025 fueron 375.324. La edad media subió de 64,83 años en 2022 a 65,33 en 2025, y es de 65,40 en los ocho primeros meses de 2026.

Reparto de las altas por edad (2026 solo incluye de enero a agosto):

2022 2025 2026
Altas 327.872 375.324 247.161
Menos de 65 años 35,8% 28,3% 27,9%
65 años 35,1% 35,3% 34,9%
66 años 22,6% 26,0% 25,1%
67 años o más 6,5% 10,5% 12,1%
Edad media 64,83 65,33 65,40

Entre 2022 y 2025 las altas con menos de 65 años bajaron un 9,7%, de 117.397 a 106.059, mientras el total subía un 14,5%. Las de 67 años o más pasaron de 21.250 a 39.437, un 85,6% más. Los 65 años siguen siendo la edad más frecuente: entre el 34,1% y el 35,5% de las altas en todos los años.

Quién se jubila antes y quién después

La estadística separa las altas por modalidad. Una parte son jubilaciones anticipadas (con coeficiente reductor, con bonificación, la especial a los 64 años y la parcial). Otra parte son «con edad ordinaria», dentro de las cuales la Seguridad Social cuenta aparte las «demoradas».

Altas 2022 Altas 2025 Altas 2026 Edad media 2022 Edad media 2025
Anticipada 37,3% 31,3% 31,1% 63,02 63,34
  con coeficiente reductor, voluntaria 20,5% 19,0% 18,4% 63,72 63,98
  con coeficiente reductor, no voluntaria 6,0% 3,4% 3,5% 62,53 62,91
  parcial 7,7% 6,3% 6,2% 62,34 62,53
Edad ordinaria 62,7% 68,7% 68,9% 65,91 66,23
  demorada 5,4% 10,9% 11,6% 68,45 68,27

La anticipada pasó de 122.243 altas en 2022 a 117.445 en 2025, un 3,9% menos. La de edad ordinaria pasó de 205.545 a 257.832, un 25,4% más, y las demoradas, de 17.651 a 40.952, un 132% más. Dentro de las anticipadas, la no voluntaria bajó un 35,2% (de 19.610 a 12.716) y la voluntaria subió un 6,3% (de 67.203 a 71.408). Las otras modalidades anticipadas son la bonificada (2,5% de las altas en 2025), la parcial y la especial a los 64 años (0,1%).

Dos decretos sobre jubilación parcial y trabajo

En esta legislatura el Congreso ha votado dos decretos ley que tocan cómo se llega a la jubilación o qué se hace después de ella.

El Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, cambió dos artículos de la Ley General de la Seguridad Social. El artículo 214 permite cobrar la pensión y trabajar a quien ha esperado al menos un año tras cumplir la edad que corresponde, y fija qué parte de la pensión se cobra según los años de demora: el 45% con un año, el 55% con dos, el 65% con tres, el 80% con cuatro y el 100% con cinco o más, más cinco puntos por cada doce meses seguidos en esa situación. El artículo 215, sobre la jubilación parcial, permite reducir la jornada entre un 25% y un 75% y amplía a tres años, como máximo, lo que se puede anticipar la edad cuando hay contrato de relevo. Sus artículos 1 (salvo los apartados 8 y 9), 2 y 3 entraron en vigor el 1 de abril de 2025.

Se convalidó el 22 de enero de 2025 por 298 votos a favor y 51 en contra. Votaron a favor el PP, el PSOE, Sumar, el PNV, ERC, UPN y Coalición Canaria; en contra, Vox, Junts, EH Bildu, Podemos y el BNG.

El Real Decreto-ley 19/2026, de 29 de junio, de medidas urgentes en materia de jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas y de complemento de insularidad en Illes Balears, responde, según su propia exposición de motivos, a que la exigencia de un relevista indefinido y a jornada completa choca con las reglas de acceso al empleo público. Prevé que las administraciones incluyan esos relevos en su planificación de personal, preferentemente la oferta de empleo público, y que, mientras se resuelve la convocatoria, se pueda contratar personal temporal de sustitución. Hasta el 1 de abril de 2027 deja además vincular la jubilación parcial a un contrato fijo firmado desde el 1 de abril de 2024. Una disposición adicional ordena revisar las cuantías de la indemnización por residencia del personal del sector público estatal en las Illes Balears, sin que puedan bajar.

Se convalidó el 23 de julio de 2026 por 167 votos a favor, 37 en contra y 144 abstenciones. Votaron a favor el PSOE, Sumar, EH Bildu, el PNV, ERC, Compromís, el BNG y Coalición Canaria; en contra, Vox, Podemos y Javier Ortega Smith, que figura en el Grupo Mixto; se abstuvieron el PP, Junts y UPN. El decreto trata las dos materias a la vez, así que el voto no separa qué parte apoyaba o rechazaba cada grupo.

Lo que estas cifras miden y lo que no

Las altas cuentan pensiones reconocidas cada año, no a todas las personas que se jubilan: son las del sistema de la Seguridad Social que gestionan el INSS y el ISM, y la edad es la que se tenía cuando la pensión empezó a cobrarse. No dicen a qué edad dejó de trabajar cada persona.

Los datos de 2026 llegan hasta agosto y se comparan con años completos sin ajustar por la época del año.

Que la edad media suba no dice cuánto de la subida viene de la edad que exige la ley, que sube cada año, y cuánto de las decisiones de cada persona.


Fuentes. Edad legal: texto consolidado de la Ley General de la Seguridad Social, artículo 205 y disposición transitoria séptima (BOE). Edad de las altas y modalidades: Seguridad Social (INSS), estadística «Evolución de altas iniciales de Jubilación por edades» y «Evolución de las altas iniciales de jubilación por modalidades», actualizadas a agosto de 2026, en la página de estadísticas de la Seguridad Social. Decretos: BOE-A-2024-26917 y BOE-A-2026-14113. Votaciones: registro nominal del Congreso de los Diputados de la XV legislatura.

Cómo se ha calculado. Los porcentajes por edad y por modalidad son el número de altas de cada grupo dividido entre el total de altas de ese año, incluidas las del antiguo SOVI, que son menos de cien al año. Las edades medias son las que publica la Seguridad Social para cada modalidad. Las variaciones comparan el año completo 2022 con el año completo 2025. «Menos de 65 años» es la suma de las altas hasta 64 años, y «67 años o más» la de 67 hasta más de 70.

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Esmeralda Sánchez

Esmeralda Sánchez

Redactora en testpolítica

Especialista en marketing y geopolítica, y Estratega Digital en Kenodo.

Intento redactar cada artículo con la máxima objetividad posible, a partir de datos de fuentes oficiales.