España tiene dos impuestos sobre el patrimonio de las personas físicas: uno cedido a las comunidades y otro estatal y temporal. Estas son las cifras de la Agencia Tributaria sobre quién declara, cuánto paga y en qué comunidad.
Dos impuestos sobre la misma riqueza
El Impuesto sobre el Patrimonio (Ley 19/1991) grava el patrimonio neto que una persona tiene el 31 de diciembre (artículo 29). Se resta un mínimo exento de 700.000 euros (artículo 28) y la vivienda habitual queda exenta hasta 300.000 euros (artículo 4, apartado nueve). La escala estatal va del 0,2% al 3,5% (artículo 30). La cuota, sumada a la del IRPF, no puede pasar del 60% de la base imponible del IRPF (artículo 31).
El impuesto está cedido a las comunidades. El artículo 47 de la Ley 22/2009 les permite regular el mínimo exento, la escala y las deducciones y bonificaciones de la cuota. Las que apruebe una comunidad se aplican después de las estatales.
El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas lo creó el artículo 3 de la Ley 38/2022. Es «complementario del Impuesto sobre el Patrimonio» y grava el patrimonio neto de las personas físicas superior a 3.000.000 de euros. Lo recauda el Estado: «no podrá ser objeto de cesión a las Comunidades Autónomas». Tiene exenciones iguales a las del Patrimonio, y una escala propia: 0% hasta 3 millones de base liquidable, 1,7% hasta 5.347.998,03 euros, 2,1% hasta 10.695.996,06 y 3,5% a partir de ahí. De la cuota se descuenta la del Patrimonio «efectivamente satisfecha». La ley lo dejó para «los dos primeros ejercicios» en que se devengara. El Real Decreto-ley 8/2023 lo prorrogó, en su disposición adicional quinta, «en tanto no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en el contexto de la reforma del sistema de financiación autonómica».
Cuántos lo declaran
En 2024 presentaron la declaración del Patrimonio 227.424 personas, un 0,5% menos que las 228.575 de 2023. Tuvieron cuota a ingresar 185.031 (el 81,4%), frente a 192.041 el año anterior.
Declararon un patrimonio conjunto de 986.985 millones de euros, de los que 435.237 millones (el 44,1%) eran bienes exentos. La base liquidable, ya restado el mínimo exento, fue de 381.961 millones.
Por tramos de patrimonio declarado, de menor a mayor, el reparto es muy desigual:
| Tramo (10% de los declarantes) | Patrimonio medio (euros) | Parte del patrimonio total |
|---|---|---|
| Primer décimo | 665.199 | 1,5% |
| Quinto décimo | 1.462.492 | 3,4% |
| Noveno décimo | 5.193.331 | 12,0% |
| Último décimo | 25.433.284 | 58,6% |
La mitad de los declarantes de menor patrimonio suma el 12,1% del total, y la mediana está en 1.627.228 euros. Son datos de quienes presentan declaración, no de toda la población.
La cuota íntegra es de 6.229 millones de euros antes de aplicar el límite conjunto con el IRPF. Tras ese límite quedan 3.110 millones y, después de las bonificaciones autonómicas (949,7 millones) y otras deducciones menores, la cuota final de las declaraciones del Patrimonio es de 2.153,7 millones.
Dónde se declara y dónde se paga
Cataluña y Madrid reúnen el 52,9% de los declarantes y el 65,1% de la cuota total. En Cataluña tiene cuota a ingresar el 97,5% de los declarantes y en Madrid el 44,9%.
| Declarantes | Con cuota a ingresar | Cuota media (euros) | Cuota total (millones) | |
|---|---|---|---|---|
| Cataluña | 94.875 | 92.487 | 8.307 | 768,3 |
| Madrid | 25.524 | 11.448 | 56.808 | 650,3 |
| Galicia | 9.444 | 8.885 | 13.486 | 119,8 |
| Andalucía | 11.985 | 1.099 | 41.662 | 45,8 |
| Resto de comunidades | 74.874 | 65.682 | 7.912 | 519,7 |
| No residentes, Ceuta y Melilla | 10.722 | 5.430 | 13.576 | 73,7 |
La cuota total incluye los modelos 714 (Patrimonio) y 718 (grandes fortunas). El «resto de comunidades» reúne las demás, agrupadas por secreto estadístico.
La Agencia Tributaria publica también la bonificación autonómica. Madrid aplicó una bonificación a 24.177 declarantes por 732,4 millones de euros, el 77,1% de los 949,7 millones de todo el país. Andalucía, a 10.100 por 113,8 millones; Galicia, a 8.857 por 51,6 millones; Cantabria, a 1.457 por 17,8 millones; Extremadura, a 466 por 6,3 millones; Cataluña, a 166 por medio millón. Para las otras comunidades la cifra está protegida por secreto estadístico.
Entre 2023 y 2024, en Andalucía los declarantes con cuota pasaron de 662 a 1.099.
Qué ha recaudado el impuesto de grandes fortunas
La estadística de declarantes no separa el modelo 718. Tampoco publica cuántas personas lo presentan. Lo que sí da la Agencia Tributaria es lo ingresado cada año, en sus informes anuales de recaudación: 623 millones de euros en 2023, 37 millones en 2024 y casi 19 en 2025.
Para 2024, la cuota total de la estadística (2.177,6 millones, con ambos modelos) supera en 23,9 millones el resultado de las declaraciones del Patrimonio (2.153,7 millones).
Qué votó cada partido
La Ley 38/2022 se aprobó en el Congreso el 24 de noviembre de 2022 en votación por llamamiento: 186 votos a favor, 152 en contra y 10 abstenciones. Esa votación no está en los datos abiertos del Congreso; el recuento sale del Diario de Sesiones y se ha asignado cada nombre a su grupo con una votación electrónica del mismo día.
Votaron a favor el PSOE (120), Unidas Podemos (33), ERC (13), EH Bildu (5), la CUP (2), Más País (2), Compromís, el BNG, Coalición Canaria, Nueva Canarias, Teruel Existe, el PRC, 4 de los 8 diputados de Junts y el PDeCAT y una diputada del Grupo Mixto. Votaron en contra el PP (88), Vox (51), Ciudadanos (9), Foro Asturias y tres diputados del Mixto: Sergio Sayas y Carlos García Adanero, expulsados de UPN, y Pablo Cambronero, que dejó Ciudadanos. Se abstuvieron el PNV (6) y los otros 4 de Junts y el PDeCAT.
Se votó la ley entera, que además creó los gravámenes temporales de la banca y de las energéticas. El resultado no mide el apoyo al impuesto de grandes fortunas por separado.
La prórroga la aprobó el Gobierno en el Real Decreto-ley 8/2023, un decreto con medidas para afrontar las consecuencias del conflicto de Ucrania y Oriente Próximo y de la sequía, y el Congreso lo convalidó el 10 de enero de 2024 por 172 votos a favor, 171 en contra y 7 abstenciones, en una votación por llamamiento que repitió un empate, según el Diario de Sesiones y la resolución publicada en el BOE el 12 de enero de 2024. El decreto incluía muchas otras medidas, así que tampoco ese voto mide el apoyo a la prórroga del impuesto.
Fuentes. Leyes: Ley 19/1991, Ley 22/2009, Ley 38/2022, Real Decreto-ley 8/2023 y Resolución de 10 de enero de 2024 (BOE). Declarantes y cuotas: Estadística de los declarantes del Impuesto sobre Patrimonio 2024 (Agencia Tributaria). Recaudación del impuesto de grandes fortunas: informes anuales de recaudación tributaria 2023 y 2025. Votación: Diario de Sesiones del Congreso del 24 de noviembre de 2022.
Cómo se ha calculado. Las leyes se han leído en su texto consolidado del BOE. Las cifras de declarantes, patrimonio y cuotas son las tablas de la estadística de la Agencia Tributaria para el ejercicio 2024, sin cálculos propios salvo los porcentajes y las sumas de Madrid y Cataluña. Los tramos son los diez grupos de igual número de declarantes que publica la propia estadística. La recaudación del impuesto de grandes fortunas es la que cita el texto de los informes anuales, en euros ingresados en cada año. El recuento de la Ley 38/2022 se ha hecho nombre a nombre a partir del llamamiento del Diario de Sesiones.
