Desde abril de 2020, un hogar vulnerable que no tiene adónde ir puede pedir al juez que suspenda su desahucio. La medida se aprobó con la pandemia, como algo temporal, y el Gobierno la ha ido prorrogando por decreto ley. En 2026 el Congreso ha derogado tres decretos que la prorrogaban.
Aquí están los datos oficiales de los juzgados y del Congreso.
Qué permite la suspensión y cuándo ha estado en vigor
Hay dos suspensiones distintas. La del alquiler está en los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020. Un inquilino demandado por impago o por fin de contrato, en situación de vulnerabilidad económica y sin alternativa habitacional, puede pedir que se suspenda el desahucio, y el juez decide con un informe de los servicios sociales. Si la vivienda está ocupada sin título, el juez también puede suspender el lanzamiento, pero en la última redacción solo si pertenece a una persona jurídica o a alguien con más de diez viviendas. Si tres meses después del informe la Administración no ha dado una solución, el propietario puede pedir una compensación (Real Decreto-ley 37/2020, disposición adicional segunda).
La última prórroga que el Congreso convalidó, la del Real Decreto-ley 1/2025 (artículo 72), la llevó hasta el 31 de diciembre de 2025. Después vinieron cuatro decretos más:
- El Real Decreto-ley 16/2025 la prorrogaba hasta el final de 2026. Entró en vigor el 25 de diciembre de 2025 y el Congreso lo derogó el 27 de enero de 2026 (BOE-A-2026-2024).
- El Real Decreto-ley 2/2026 repetía la prórroga, pero no la aplicaba a los caseros con dos viviendas o menos. Entró en vigor el 5 de febrero y el Congreso lo derogó el 26 de febrero (BOE-A-2026-4667).
- El Real Decreto-ley 26/2026, con otras medidas de vivienda, cambiaba el sistema: suspensión hasta el 31 de diciembre de 2030 (artículo 2), sin compensación si el demandante es una entidad que compra viviendas o préstamos impagados claramente por debajo de su valor de tasación, y con revisión anual y un máximo de tres años en los demás casos. Entró en vigor el 1 de octubre y el Congreso lo derogó al día siguiente (BOE-A-2026-20526).
- El Real Decreto-ley 29/2026 vuelve a aprobar esa suspensión (artículo 2), con la compensación ampliada a las costas del juicio, y obliga a la Administración a ofrecer una vivienda o pagar la deuda en dos meses cuando un inquilino vulnerable es demandado por impago (artículo 5). Está en vigor desde el 8 de octubre. Con las Cortes disueltas para las elecciones del 29 de noviembre (Real Decreto 806/2026), debe convalidarlo la Diputación Permanente (artículo 78.2 de la Constitución), que a 17 de octubre de 2026 no lo había votado.
Así, la suspensión del alquiler no tuvo norma en vigor del 28 de enero al 4 de febrero de 2026, del 28 de febrero al 30 de septiembre ni desde la derogación del 2 de octubre hasta el día 8.
La de las hipotecas es anterior y sigue vigente: el artículo 1 de la Ley 1/2013 impide el lanzamiento de la vivienda habitual de personas especialmente vulnerables cuando se ha adjudicado en una ejecución hipotecaria, y el Real Decreto-ley 1/2024 la prorrogó hasta el 15 de mayo de 2028.
Cuántos desahucios se ejecutan
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuenta los «lanzamientos practicados»: cada vez que un juzgado entrega un inmueble a quien tiene derecho a él, por la fuerza o porque el ocupante lo deja voluntariamente. Cuenta uno por inmueble, sea vivienda, local o finca rústica.
No equivale a una familia desahuciada, y tampoco es el número de demandas. En 2024 los juzgados recibieron 54.342 demandas de juicio verbal de arrendamiento, la vía por la que se piden los desahucios por impago o por fin de contrato y también las rentas impagadas (artículo 250.1.1.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Ese año practicaron 20.558 lanzamientos por alquiler.
En 2025 se practicaron 24.540 lanzamientos, un 11,0% menos que en 2024 y un 54,6% menos que en 2019, el último año antes de la suspensión. Tres de cada cuatro venían de un alquiler.
Lanzamientos practicados en España, por causa:
| Total | Ejecución hipotecaria | Alquiler | Otros | |
|---|---|---|---|---|
| 2013 | 67.189 | 25.811 | 38.141 | 3.237 |
| 2019 | 54.006 | 14.193 | 36.468 | 3.346 |
| 2020 | 29.406 | 6.915 | 21.145 | 1.346 |
| 2021 | 41.359 | 10.103 | 28.993 | 2.263 |
| 2022 | 38.266 | 8.509 | 27.533 | 2.225 |
| 2023 | 26.659 | 5.260 | 19.676 | 1.723 |
| 2024 | 27.564 | 5.073 | 20.558 | 1.933 |
| 2025 | 24.540 | 4.346 | 18.317 | 1.877 |
En el primer semestre de 2026, con la suspensión del alquiler sin norma en vigor desde el 28 de febrero, los juzgados practicaron 8.485 lanzamientos, un 40,6% menos que en el mismo periodo de 2025. El reparto por causas cambia de golpe: los de alquiler bajan un 58,9% y los clasificados como «otros» pasan de 945 a 1.906.
Cuántos se han paralizado
No hay una cifra oficial completa de los desahucios suspendidos desde 2020.
La base de datos del CGPJ no recoge ningún recuento de suspensiones antes de 2024. A 31 de diciembre de ese año, los juzgados tenían 5.702 lanzamientos suspendidos. No distingue el motivo, así que incluye suspensiones por otras causas.
En 2025 el CGPJ añadió un anexo con las peticiones de suspensión por vulnerabilidad: 4.409 en los juzgados civiles y 230 en los penales, de las que se resolvieron 3.532 y 157. No dice cuántas se concedieron, y es probable que el recuento se quede corto, porque esa base de datos recoge para 2025 un 12,0% menos de lanzamientos que la serie trimestral. El anexo cuenta también los lanzamientos suspendidos, pero sus cifras de 2025 no cuadran: el total (228) es menor que la suma de sus partes (670).
Las comunidades autónomas deben informar cada mes al Ministerio de Derechos Sociales de los informes que emiten sus servicios sociales en estos casos (Real Decreto-ley 37/2020, disposición adicional primera). No hemos encontrado ninguna publicación oficial con esos datos.
Qué votó cada partido
En esta legislatura el Congreso ha votado siete decretos que prorrogaban o renovaban alguna de estas suspensiones. Todos menos el de las hipotecas incluían otras medidas, como la subida de las pensiones, ayudas al transporte o cambios en la ley de alquileres. Se vota el decreto entero, así que el resultado no mide el apoyo a la suspensión por separado.
| Decreto | Qué hacía con la suspensión | Votación | Resultado |
|---|---|---|---|
| 8/2023 | Alquiler, hasta el 31-12-2024 | 10-1-2024 | Convalidado: 172 a 171, 7 abstenciones |
| 1/2024 | Hipotecas, hasta el 15-5-2028 | 13-6-2024 | Convalidado: 347 a 0, 1 abstención |
| 9/2024 | Alquiler, hasta el 31-12-2025 | 22-1-2025 | Derogado: 171 a 177, 1 abstención |
| 1/2025 | Alquiler, hasta el 31-12-2025 | 12-2-2025 | Convalidado: 315 a 33, 1 abstención |
| 16/2025 | Alquiler, hasta el 31-12-2026 | 27-1-2026 | Derogado: 171 a 178 |
| 2/2026 | Alquiler, hasta el 31-12-2026, salvo caseros con dos viviendas o menos | 26-2-2026 | Derogado: 172 a 177, 1 abstención |
| 26/2026 | Nuevo régimen hasta el 31-12-2030 | 2-10-2026 | Derogado: 172 a 178 |
El PSOE, Sumar, ERC, EH Bildu y el PNV votaron a favor de los siete. El PP votó en contra de cinco y a favor de dos: el de las hipotecas y el 1/2025. Vox votó en contra de seis; en el de las hipotecas, 32 de sus diputados votaron a favor y uno se abstuvo.
Junts no participó en la primera votación del 8/2023, que acabó en empate, y se abstuvo cuando se repitió por llamamiento. Apoyó el de las hipotecas y el 1/2025, y votó en contra de los otros cuatro.
En el Grupo Mixto, Alberto Catalán, de UPN, votó en contra de tres, se abstuvo en otros tres y apoyó el de las hipotecas. Javier Ortega Smith votó en contra del 26/2026. Todos los demás votos emitidos en el grupo fueron a favor.
Lo que estos datos no dicen
No se puede saber cuántos desahucios evitó la suspensión. Entre 2019 y 2024, las demandas de arrendamiento bajaron un 22,4% y los lanzamientos por alquiler un 43,6%. Parte de la diferencia puede deberse a la suspensión, pero también a otras causas, como los acuerdos entre las partes o el pago de la deuda, y la estadística no las separa.
Además, 2026 es el primer año en que todos los juzgados funcionan como tribunales de instancia (Ley Orgánica 1/2025, disposición transitoria primera). Con estos datos no se puede saber si el cambio en el reparto por causas refleja menos desahucios de alquiler u otra forma de registrarlos.
Lo que dice cada parte
Quien defiende la suspensión sostiene que evita que familias sin alternativa acaben en la calle mientras la Administración les busca una vivienda. Quien la critica sostiene que carga sobre los propietarios una obligación de la Administración y que retrae la oferta de alquiler. Estos datos no permiten medir ninguno de los dos efectos.
Fuentes. Lanzamientos practicados: CGPJ, efecto de la crisis en los órganos judiciales, series por tribunal superior de justicia (hasta el segundo trimestre de 2026). Demandas de arrendamiento, lanzamientos suspendidos y peticiones de suspensión: base de datos de la estadística judicial del CGPJ (1995-2025). Votaciones: Congreso de los Diputados, datos abiertos y, para las dos votaciones por llamamiento, el Diario de Sesiones del 10 de enero de 2024 y del 2 de octubre de 2026. Normas: Boletín Oficial del Estado, enlazado en cada caso.
Cómo se ha calculado. Los totales anuales son la suma de los cuatro trimestres de la serie del CGPJ y coinciden con los que publica; en 2019 y 2022 las tres causas suman uno más que el total. Las demandas son los juicios verbales de arrendamiento ingresados en todos los juzgados. El voto de cada grupo se ha contado diputado a diputado. En las dos votaciones por llamamiento, cada nombre del Diario de Sesiones se ha asignado a su grupo con una votación electrónica de la misma semana, y el recuento coincide con el resultado oficial.
