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Concepto

Laicismo.

Doctrina que reclama la separación entre el Estado y las confesiones religiosas. Su texto de referencia es la ley francesa de 1905; España no lo aplica: su Constitución niega la confesión estatal pero ordena cooperar.

También conocido como: laïcité · laicidad · laicidad positiva · aconfesionalidad · separación Iglesia-Estado

Sección 01

Definición
canónica.

«Laicismo» y «laicidad» proceden de un tecnicismo francés recién nacido, y la partida de nacimiento no está donde suele decirse. El diccionario de Littré registra «laïcité» en su Suplemento de 1877 y la documenta con una noticia de prensa: «Au sujet de l'enseignement laïque… le Conseil [général de la Seine] a procédé au vote sur la proposition de la laïcité, qui a été repoussée» (la Patrie, 11 de noviembre de 1871). No es un manifiesto filosófico: es la crónica de una votación administrativa sobre escuelas, que además se perdió. Cuando Ferdinand Buisson recoge la palabra en el diccionario pedagógico que dirigió, todavía advierte que «Ce mot est nouveau, et, quoique correctement formé, il n'est pas encore d'un usage général», y defiende el neologismo porque ningún otro término permite expresar «sans périphrase la même idée dans son ampleur». Buisson no bautizó la palabra: le dio doctrina, que es otra cosa y más importante.

El problema que venía a resolver está descrito por el propio Buisson con una precisión que la discusión posterior ha perdido. El punto de partida era «la confusion de tous les pouvoirs et de tous les domaines, dans la subordination de toutes les autorités à une autorité unique, celle de la religion». La secularización avanzó por piezas (primero el ejército, después la administración civil, después la justicia) y dejó la escuela primaria para el final. Lo que la laicidad nombra, por tanto, no es una tesis sobre la existencia de Dios sino una tesis sobre jurisdicciones: «la délimitation profonde entre le temporel et le spirituel». Buisson lo resume en una fórmula que sirve de definición operativa: «L'instituteur à l'école, le curé à l'église, le maire à la mairie», y añade que «Nul ne peut se dire proscrit du domaine où il n'a pas entrée». No hay expulsión de nadie: hay reparto de competencias.

El artículo traza además la distinción que más se pierde después. La escuela laica no queda filosóficamente muda: Buisson cita al ministro de 1882 diciendo que «Il y a deux espèces de neutralité de l'école… il y a la neutralité confessionnelle et la neutralité philosophique. Et il ne s'agit dans cette loi que de la neutralité confessionnelle», y describe el deber del maestro como el de «ne prendre parti dans l'exercice de ses fonctions ni pour ni contre aucun culte, aucune église, aucune doctrine religieuse». Neutralidad confesional, en el ejercicio del cargo, y nada más: extenderla a neutralidad filosófica, o a un deber que siga al funcionario fuera de su función, es un añadido posterior.

La forma jurídica llega con la loi du 9 décembre 1905, y conviene leer sus dos primeros artículos en orden, porque el orden es el argumento. El primero garantiza: «La République assure la liberté de conscience. Elle garantit le libre exercice des cultes sous les seules restrictions édictées ci-après dans l'intérêt de l'ordre public». Solo después el segundo separa: «La République ne reconnaît, ne salarie ni ne subventionne aucun culte». Primero la libertad, luego la separación, y la separación como medio de la libertad.

Ese texto fundacional es además menos puro de lo que su fama sugiere, y las excepciones están escritas dentro de él. El mismo artículo 2 autoriza a seguir presupuestando «les dépenses relatives à des services d'aumôneries» en liceos, hospicios, asilos y prisiones. El artículo 13 deja los templos «gratuitement à la disposition» de los cultos: el Estado y los municipios conservan la propiedad de los anteriores a 1905 y cargan con su mantenimiento. Y la ley nunca se aplicó en Alsacia y Mosela, que en 1905 eran territorio alemán: allí sigue vigente el régimen concordatario napoleónico, y el Consejo Constitucional lo declaró conforme a la Constitución en 2013: al proclamar que Francia es una «République... laïque», el constituyente no quiso «remettre en cause» las normas locales sobre «la rémunération de ministres du culte». Francia paga sueldos de ministros del culto y no deja por ello de ser laica en su propio derecho.

El uso del término se ha desplazado tres veces. Primero designó la laicidad de la escuela (los programas en 1882, el personal docente en 1886). Después la laicidad del Estado (financiación y reconocimiento, 1905). En 1958 se constitucionalizó como atributo de la República, con una coletilla que se cita poco: «La France est une République indivisible, laïque, démocratique et sociale… Elle respecte toutes les croyances». Y en 2004 cambió de sujeto: el artículo L141-5-1 del Código de Educación prohíbe «le port de signes ou tenues par lesquels les élèves manifestent ostensiblement une appartenance religieuse». Se pasó de lo que el Estado no puede hacer a lo que el ciudadano no puede llevar puesto. La Carta de la laicidad de 2013 mantiene las dos obligaciones separadas sobre el papel, porque el deber de «stricte neutralité» lo impone a «les personnels» y no a los alumnos; en el debate se funden a diario.

Bajo la misma palabra conviven por eso al menos cuatro regímenes distintos. Separación por abstención: el Estado se retira y la religión prospera en la sociedad, que es el modelo del «muro» jeffersoniano. Neutralidad reguladora: el Estado no financia ningún culto pero ordena el espacio que administra, que es Francia desde 1905. Cooperación: Estado sin confesión oficial que reconoce y financia confesiones, que es España, y también Alemania o Italia. Y una cuarta posición que se le parece y no lo es: la que toma partido sobre la verdad de la religión y reprime su ejercicio, incompatible con el artículo primero de 1905. Confundir la segunda con la cuarta es el error más caro de todo el debate.

El castellano añade una distinción que el francés no tiene. «Laicidad» nombra un estado de cosas jurídico; «laicismo» nombra la doctrina que lo reclama y, según quién lo use, la militancia que lo empuja. La laïcité francesa cubre las dos, así que las traducciones las mezclan. El Tribunal Constitucional español introdujo además un tercer término: al interpretar el artículo 16.3 de la Constitución dijo que este, «tras formular una declaración de neutralidad», ordena mantener «las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones», introduciendo «una idea de aconfesionalidad o laicidad positiva» que «veda cualquier tipo de confusión entre fines religiosos y estatales». Neutralidad sin abstención: el Estado no se confunde con la Iglesia, pero tampoco se desentiende de ella.

El arco histórico español explica esa fórmula intermedia. La Constitución de 1931 declaró que «El Estado español no tiene religión oficial» (art. 3), ordenó que «El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas», disolvió las órdenes que impusieran un voto especial de obediencia a autoridad distinta de la del Estado y prohibió a las demás «ejercer la industria, el comercio o la enseñanza» (art. 26); su artículo 27 sometía además toda manifestación pública de culto a autorización del Gobierno. El Fuero de los Españoles de 1945 invirtió el privilegio: la religión católica «es la del Estado español», y «No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la Religión Católica» (art. 6). El artículo 16.3 de 1978 se redactó contra las dos experiencias: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal», pero los poderes públicos «mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación». Esa cooperación se concretó en los Acuerdos con la Santa Sede de 1979, cuyo artículo II compromete al Estado «a colaborar con la Iglesia Católica en la consecución de su adecuado sostenimiento económico»; en la Ley 42/2006, que fijó «con carácter indefinido» el 0,7 por 100 de la cuota íntegra del IRPF de quien lo marque; y en la ley educativa, que incluye la religión católica como materia «de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para los alumnos y alumnas». Es exactamente lo contrario del artículo 2 de 1905, escrito con el mismo rango normativo.

La utilidad del concepto depende de mantener separadas dos cosas que la discusión pública junta. La laicidad obliga al Estado y a quien actúa en su nombre mientras lo hace; la libertad de conciencia no obliga a nadie. Un creyente no es menos ciudadano por argumentar desde sus convicciones, y un funcionario no es más libre por hacerlo en el ejercicio de su cargo. Medir la laicidad de un país consiste en mirar cuatro cosas comprobables (quién paga, quién nombra, qué se enseña y qué se exhibe en los edificios públicos), no en contar cuánta gente cree.

Sección 02

Fuentes
verificadas.

Cada afirmación factual del cuerpo se rastrea a alguna de estas fuentes. Si una afirmación no encaja, es un fallo nuestro: dilo.

«Ce mot est nouveau, et, quoique correctement formé, il n'est pas encore d'un usage général. Cependant le néologisme est nécessaire, aucun autre terme ne permettant d'exprimer sans périphrase la même idée dans son ampleur. […] La Révolution française fit apparaître pour la première fois dans sa netteté entière l'idée de l'Etat laïque, de l'Etat neutre entre tous les cultes, indépendant de tous les clergés, dégagé de toute conception théologique. […] la grande idée, la notion fondamentale de l'Etat laïque, c'est-à-dire la délimitation profonde entre le temporel et le spirituel, est entrée dans nos moeurs de manière à n'en plus sortir.»

Artículo «Laïcité», Nouveau dictionnaire de pédagogie et d'instruction primaire, dirigido por Ferdinand Buisson (1911). Edición electrónica del Institut Français de l'ÉducationFuente ↗

«Nous sommes partis, comme la plupart des peuples, d'un état de choses qui consistait essentiellement dans la confusion de tous les pouvoirs et de tous les domaines, dans la subordination de toutes les autorités à une autorité unique, celle de la religion. […] L'école, de confessionnelle qu'elle était, est devenue laïque, c'est-à-dire étrangère à toute église […] L'instituteur à l'école, le curé à l'église, le maire à la mairie. Nul ne peut se dire proscrit du domaine où il n'a pas entrée : c'est le fait même de la distinction des attributions, qui n'a rien de blessant pour personne ni de préjudiciable pour aucun service.»

Artículo «Laïcité», Nouveau dictionnaire de pédagogie et d'instruction primaire, dirigido por Ferdinand Buisson (1911). La laicidad se formula aquí como reparto de competencias, no como expulsión de nadie. El OCR de la edición electrónica pierde el acento en «à une autorité unique», restituido aquíFuente ↗

«« Il y a deux espèces de neutralité de l'école, disait très bien le ministre de l'instruction publique au cours de la discussion de la loi de 1882 : il y a la neutralité confessionnelle et la neutralité philosophique. Et il ne s'agit dans cette loi que de la neutralité confessionnelle. » […] L'instituteur se doit, doit à ses élèves et doit à l'Etat de ne prendre parti dans l'exercice de ses fonctions ni pour ni contre aucun culte, aucune église, aucune doctrine religieuse, ce domaine étant et devant rester le domaine sacré de la conscience.»

Artículo «Laïcité», Nouveau dictionnaire de pédagogie et d'instruction primaire, dirigido por Ferdinand Buisson (1911). La primera frase es del ministro de Instrucción Pública en el debate de la ley de 1882, citada por el diccionario; la segunda es del propio artículo. Fija dos límites: la neutralidad es confesional, no filosófica, y obliga «dans l'exercice de ses fonctions»Fuente ↗

«La France est une République indivisible, laïque, démocratique et sociale. Elle assure l'égalité devant la loi de tous les citoyens sans distinction d'origine, de race ou de religion. Elle respecte toutes les croyances. Son organisation est décentralisée.»

Constitution française du 4 octobre 1958, artículo 1 (texto vigente, Conseil constitutionnel)Fuente ↗

«Le principe de laïcité figure au nombre des droits et libertés que la Constitution garantit. Il implique notamment que la République ne salarie aucun culte. Toutefois, il ressort tant des travaux préparatoires du projet de la Constitution du 27 octobre 1946 relatifs à son article 1er que de ceux du projet de la Constitution du 4 octobre 1958 qui a repris la même disposition, qu'en proclamant que la France est une « République... laïque », la Constitution n'a pas pour autant entendu remettre en cause les dispositions législatives ou règlementaires particulières applicables dans plusieurs parties du territoire de la République lors de l'entrée en vigueur de la Constitution et relatives à l'organisation de certains cultes et, notamment, à la rémunération de ministres du culte.»

Conseil constitutionnel, décision n.º 2012-297 QPC de 21 de febrero de 2013 (Association pour la promotion et l'expansion de la laïcité). Declara conforme a la Constitución que la República pague el sueldo de los pastores en Alsacia y Mosela bajo el régimen concordatario de la loi du 18 germinal an XFuente ↗

«2. La République laïque organise la séparation des religions et de l'État. L'État est neutre à l'égard des convictions religieuses ou spirituelles. Il n'y a pas de religion d'État. 3. La laïcité garantit la liberté de conscience à tous. Chacun est libre de croire ou de ne pas croire. […] 11. Les personnels ont un devoir de stricte neutralité : ils ne doivent pas manifester leurs convictions politiques ou religieuses dans l'exercice de leurs fonctions.»

République française, Charte de la laïcité à l'école (2013), puntos 2, 3 y 11. El deber de neutralidad estricta se impone al personal, no al alumnadoFuente ↗

«Artículo 6. La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de protección oficial. Nadie será molestado por sus creencias religiosas ni por el ejercicio privado de su culto. No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la Religión Católica.»

Fuero de los Españoles, de 17 de julio de 1945, artículo 6. Es la formulación confesional contra la que se redacta el artículo 16.3 de 1978Fuente ↗

«Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.»

Constitución española de 1978, artículo 16.3 (BOE)Fuente ↗

«Uno. Con vigencia desde el 1 de enero de 2007 y con carácter indefinido, en desarrollo de lo previsto en el artículo II del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, el Estado destinará al sostenimiento de la Iglesia Católica el 0,7 por 100 de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.»

Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, disposición adicional decimoctava («Revisión del sistema de asignación tributaria a la Iglesia Católica»)Fuente ↗

«1. La enseñanza de la religión católica se ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado español. A tal fin, y de conformidad con lo que disponga dicho Acuerdo, se incluirá la religión católica como área o materia en los niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para los alumnos y alumnas.»

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, disposición adicional segunda (texto consolidado tras la LOMLOE)Fuente ↗

Sección 03

En España,
hoy.

En España «laicismo» es casi siempre palabra de combate y «libertad religiosa» su réplica, y las dos designan el mismo expediente visto desde lados opuestos: los Acuerdos con la Santa Sede de 1979 y todo lo que cuelga de ellos. Quien pide más laicidad apunta a cuatro cosas concretas y comprobables: el 0,7 por 100 del IRPF, las exenciones fiscales, el patrimonio inmatriculado y el estatuto de la clase de religión, que los centros están obligados a ofertar aunque el alumno no esté obligado a cursarla. Quien defiende el statu quo casi nunca defiende la confesionalidad: alega la cooperación que el propio artículo 16.3 ordena y la doctrina de la «laicidad positiva» del Tribunal Constitucional. Es decir, se discute el alcance de una cooperación mandada por la Constitución, no si el Estado tiene religión oficial, porque la Constitución dice que no la tiene. Hay un uso importado más reciente: el que traslada el vocabulario francés al velo y a los símbolos religiosos en la escuela. Conviene saber que España no tiene nada equivalente al artículo L141-5-1 francés, así que quien invoca «la laicidad» en ese debate está pidiendo una norma que no existe, no aplicando una que exista. Y un detalle jurídico pesa sobre todo el asunto: los Acuerdos de 1979 son tratados internacionales, de modo que revisarlos no es una reforma legislativa ordinaria. En el test esto se mide en el eje religioso, que valora estructura institucional (quién financia, quién nombra, qué se enseña, qué se exhibe) y no fe personal ni catálogo de libertades morales, que viven en el eje de libertad civil.

Sección 04

Trampas
comunes.

  • Confundir «laicidad» con «laicismo», y las dos con «aconfesionalidad». La primera nombra un estado de cosas jurídico, la segunda la doctrina que lo reclama y la tercera la fórmula concreta del artículo 16.3 español, que niega la confesión estatal y a la vez ordena cooperar. El propio Tribunal Constitucional la llama «laicidad positiva», que es neutralidad sin abstención. España no es Francia con retraso: es otro modelo, y está escrito.
  • Dar por hecho que la laicidad francesa significa que el Estado no paga nada a ningún culto. La ley de 1905 presupuesta capellanías en liceos, hospicios y prisiones en su propio artículo 2, deja los templos «gratuitement à la disposition» de los cultos en el 13 (con lo que el Estado se queda la propiedad y el mantenimiento de los anteriores a 1905), y nunca se aplicó en Alsacia y Mosela, donde la República paga sueldos de ministros del culto. El Consejo Constitucional declaró ese pago conforme a la Constitución en 2013.
  • Atribuir la palabra a Ferdinand Buisson en 1871. El Suplemento de Littré la documenta ese año, pero citando una crónica de prensa sobre una votación del Conseil général de la Seine, y el diccionario que Buisson dirigió todavía advierte que «Ce mot est nouveau… il n'est pas encore d'un usage général». Buisson le dio doctrina, no nombre; la fecha de 1871 corresponde a la primera aparición documentada, no a un acto de acuñación por autor conocido.
  • Mezclar la neutralidad del funcionario con la del ciudadano. La Carta francesa de 2013 impone «stricte neutralité» a «les personnels» en el ejercicio de sus funciones; la ley de 2004 restringe lo que puede llevar puesto el alumno. Son dos obligaciones con justificaciones distintas. El diccionario de Buisson ya acotaba la del maestro «dans l'exercice de ses fonctions», y precisaba que la neutralidad exigida era confesional, no filosófica. De fundir las dos sale la consigna de que la religión «no pinta nada» en el espacio público, que no dice ningún texto de laicidad y que el artículo primero de 1905 contradice.
  • Tomar el laicismo por anticlericalismo, o por ateísmo de Estado. El artículo primero de la ley de 1905 garantiza el libre ejercicio de los cultos antes de que el segundo separe las cajas. Un régimen que reprime el culto no practica una laicidad más estricta: contradice el artículo que la funda. La separación es ahí un medio de la libertad de conciencia, no un fin contra la religión.
  • Suponer que el polo laicista es por definición el más liberal de los dos. La Constitución española de 1931 sometió toda manifestación pública de culto a autorización del Gobierno (art. 27), disolvió órdenes religiosas y prohibió a las demás enseñar (art. 26); el Fuero de 1945 permitió las manifestaciones externas de una sola confesión (art. 6). Los dos regímenes regularon el culto público: se diferenciaban en a quién privilegiaban, no en si intervenían.

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